Diccionario Nosinseguro.es – Seguros de coches, seguros de hogar, seguros de vida

“Diccionario”

18.08.2011

Diccionario del Seguro: D (V)

diccionario 20d small1 Diccionario del Seguro: D (V)

Continuamos con los términos de la letra D de nuestro diccionario del seguro. A continuación definiremos las palabras: Diferencial, Dirección General de Seguros, Dispersión de riesgos, Dividendo, Doble seguro, Dolo y Duplicado de póliza.

Diferencial: hace referencia a la retribución complementaria que recibe un agente de seguros por sus funciones, en el resultado final anual de un determinado ramo de seguros.

Dirección General de Seguros: órgano dependiente del Ministerio de Economía y Haciendo encargado del control de la actividad aseguradora en España.

Dispersión de riesgos: se refiere al sistema realizado por las entidades aseguradoras mediante el cual realizan una distribución de los riesgos para compensar estadísticamente su carteras a través de la figuras de reaseguro y coaseguro.

Dividendo: hace referencia al beneficio económico que le corresponde recibir a cada titular de una acción en una compañía anónima de seguros.

…Seguir leyendo esta entrada.

11.08.2011

Diccionario del Seguro: D (IV)

diccionario 20d small Diccionario del Seguro: D (IV)

Continuamos con los términos de la letra D de nuestro diccionario del seguro. A continuación definiremos las palabras: Derrama, Descripción del riesgo, Deshabilitación, Devolución de excedente, Devolución de prima, Diferencia entre propuesta y póliza.

Derrama: en el sector del seguro, este termino hace referencia a la participación económica que realizan los mutualistas en los resultados del ejercicio final, realmente es cuando el mutualista debe realizar una aportación suplementaria.

Descripción del riesgo: se refiere a la declaración y detalle que se realiza de las circunstancias concretas de un riesgo con el objetivo de que la entidad aseguradora realizar una tarificación y admisión del mismo.

Deshabilitación: se utiliza en los riesgos de daños por robo o agua y es el período de tiempo ininterrumpido que no habita (pernocta) nadie en la vivienda asegurada.

…Seguir leyendo esta entrada.

04.08.2011

Diccionario del Seguro: D (III)

diccionario 20d small1 Diccionario del Seguro: D (III)

Continuamos con los términos de la letra D de nuestro diccionario del seguro. A continuación definiremos las palabras: Depósito, Depreciación, Derecho de emisión, Derechohabientes, Derechos consolidados y Derechos de cartera.

Depósito: hace referencia a la acción y efecto de que una persona entregue a otra una cosa teniendo esta una obligación de guardarla y restituirla en cuanto se reclame su devolución.

Depreciación: se refiere a la disminución de valor que sufre un bien asegurado con el paso del tiempo.

Derecho de emisión: es el importe que cobra la entidad aseguradora en concepto de gastos de emisión del contrato, normalmente la cuantía de este va en relación a la prima del seguro.

Derechohabientes: se refiere a las personas beneficiarias de cualquier indemnización contratada en una póliza de seguros.

…Seguir leyendo esta entrada.

28.07.2011

Diccionario del Seguro: D (II)

diccionario 20d Diccionario del Seguro: D (II)

Continuamos con los términos de la letra D de nuestro diccionario del seguro. A continuación definiremos las palabras: Declaración amistosa de accidentes, Declaraciones del asegurado, Deducible, Defensor del asegurado, Demanda y Denuncia de siniestro.

Declaración amistosa de accidentes: termino perteneciente al sector del seguro de automóvil, se refiere al parte de siniestro firmado por ambos conductores que tienen contratado un seguro de Responsabilidad Civil Obligatorio. Debido al mutuo acuerdo, en este tipo de siniestro se agilizan los trámites administrativos al máximo.

Declaraciones del asegurado: hace referencia a la parte del contrato donde se detalla el valor de cada uno de los objetos asegurados.

Deducible: se refiere a la cantidad que se mantiene a cargo del asegurado y a partir de la cual la entidad aseguradora comenzará a indemnizar; habitualmente se utiliza en contratos en los que se produce una gran cantidad de indemnizaciones de sumas muy pequeñas.

…Seguir leyendo esta entrada.

21.07.2011

Diccionario del Seguro: D (I)

diccionario 20d small Diccionario del Seguro: D (I)

Continuamos con nuestro diccionario del seguro, comenzamos a definir los términos que empiezan con la letra D: Damnificado, Daño, Daño consecuencial, Daño directo, Daños, De adhesión y De buena fe.

Damnificado: hace referencia a la persona o bien que ha sufrido algún daño como consecuencia de un siniestro.

Daño: se refiere a la pérdida ya sea personal o material que se produce como consecuencia directa de un siniestro.

Daño consecuencial: es el que se produce como efecto indirecto o secundario de un siniestro.

Daño directo: hace referencia al que se produce de forma directa e inmediata como consecuencia de un siniestro, es totalmente contrario al daño consecuencial.

…Seguir leyendo esta entrada.

14.07.2011

Diccionario del Seguro: C (IX)

diccionario 20c small1 Diccionario del Seguro: C (IX)

Continuamos con los términos de la letra C de nuestro diccionario del seguro. A continuación definiremos las palabras: Corretaje, Cuenta de reaseguro, Culpa, Culpa concurrente, Culpa grave y Cuota.

Corretaje: hace referencia a la retribución que recibe el corredor como pago de la realización de su actividad de mediador entre dos partes.

Cuenta de reaseguro: es la cuenta creada por el asegurador y el reasegurador en la que se recogen los pagos e ingresos producidos por sus actividades de cesión y aceptación de riesgos.

Culpa: es la responsabilidad de una persona, ya sea voluntaria o involuntaria, sobre un suceso o acción que se le imputa.

Culpa concurrente: hace referencia a la situación producida cuando el daño ha sido causado como responsabilidad de la víctima y el autor en conjunto.

…Seguir leyendo esta entrada.

07.07.2011

Diccionario del Seguro: C (VIII)

diccionario 20c small Diccionario del Seguro: C (VIII)

Continuamos con los términos de la letra C de nuestro diccionario del seguro. A continuación definiremos las palabras: Contrato de Seguro, Cooperativa de seguros, Corredor, Corredor de reaseguro y Corredor de seguros.

Contrato de Seguro: se refiere al contrato mediante el cual una de las partes se compromete a pagar una prima a cambio de obtener una indemnización en el caso de sufrir una perdida o daño por alguna de las causas indicadas en dicho contrato. En éste se detalla el riesgo cubierto, las condiciones, limitaciones y exclusiones especificas así como todos los detalles que afecten a este acuerdo.

Cooperativa de seguros: hace referencia a la empresa que desarrolla labores de aseguradora de acuerdo a la legislación de seguros y constituida bajo el amparo legal de la ley 27/1.999 del 16 julio.

Corredor: es la persona que realiza la actividad de mediador en la contratación de seguros, ofreciendo un asesoramiento imparcial y profesional a quienes lo demandan.

…Seguir leyendo esta entrada.

30.06.2011

Diccionario del Seguro: C (VII)

diccionario 20c small3 Diccionario del Seguro: C (VII)

Continuamos con los términos de la letra C de nuestro diccionario del seguro. A continuación definiremos las palabras: Contenido, Contraseguro, Contratante, Contrato, Contrato de Adhesión y Contrato de Reaseguro.

Contenido: hace referencia al conjunto de bienes propiedad de asegurado y que no se encuentren en depósito o custodia.

Contraseguro: es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora acorde a una determinadas condiciones se obliga a devolver al asegurado la prima pagada.

Contratante: se refiere a la persona que realiza la contratación de una póliza de seguro con una entidad aseguradora.

Contrato: hace referencia al convenio o pacto realizado entre dos o más partes por que se obligan a unas acciones y condiciones determinadas.

Contrato de Adhesión: es el tipo de contrato en el que una de las partes indica unas determinadas cláusulas sin que sea posible una discusión o rechazo por la parte contraria.

…Seguir leyendo esta entrada.

23.06.2011

Diccionario del Seguro: C (VI)

diccionario 20c small2 Diccionario del Seguro: C (VI)

Continuamos con los términos de la letra C de nuestro diccionario del seguro. A continuación definiremos las palabras: Compensación de riesgos, Comunidad de riesgos, Condiciones generales, Condiciones generales especificas, Condiciones particulares y Consorcio de Compensación de Seguros.

Compensación de riesgos: hace referencia al estudio que permite a una entidad aseguradora realizar una compensación entre la contratación de pólizas que conllevan un alto riesgo y otra con un menor numero de siniestralidad.

Comunidad de riesgos: se refiere al conjunto de capitales y riesgos asegurados que forman la base de una entidad aseguradora.

– Condiciones generales: hace referencia a las condiciones comunes del contrato indicadas por la ley de seguro sobre los riesgos cubiertos y excluidos, valor limitado de los bienes, etc.

Condiciones generales específicas: condiciones del contrato aplicable a un grupo determinado dentro de la rama aseguradora; condiciones generales específicas en caso de accidente, robo en la vivienda, etc.

…Seguir leyendo esta entrada.

16.06.2011

Diccionario del Seguro: C (V)

diccionario 20c small1 Diccionario del Seguro: C (V)

Continuamos con los términos de la letra C de nuestro diccionario del seguro. A continuación definiremos las palabras: Comienzo y fin de cobertura, Comisión, Compañía de seguros y Compensación de capitales.

Comienzo y fin de cobertura: salvo que es especifique lo contrario en el contrato, la cobertura comienza a las 12 horas del día de inicio y finaliza a las 12 horas del ultimo día indicado.

Comisión: se refiere al sistema de retribución que se utiliza para compensar los servicios de mediación realizados por un agente, normalmente se calcula como un porcentaje sobre la primas conseguidas a través de su labor comercial directa.

Compañía de seguros: hace referencia a la persona o entidad autorizada legalmente para realizar prácticas de aseguramiento; las normas para cumplir esta legalidad dependen en gran medida de la legislación del país.

…Seguir leyendo esta entrada.

Página 2 de 912345...Antiguas »


Red de blogs

Condiciones Generales de Uso y Aviso Legal · Política de Privacidad · Contacto

Copyright © 2009 -2011 Nicripsia Internet SL. CIF: B54127337.
Todos los derechos reservados.