Un seguro de hogar es un contrato que establecemos con una compañía de seguros para proteger nuestra vivienda y el contenido que hay en ellas también nos cubre los daños a cosas o lesiones a terceros.
De poseer varias propiedades se pueden cubrir todas en la misma póliza.
El seguro del hogar sirve principalmente para poner a buen cuidado sus bienes (bienes inmuebles o no) y los de su familia, o bien también le sirve a la persona que contrata el seguro para cubrirlo en el caso de que tenga algún problema con los vecinos y éstos le reclamen algo.
¿En que casos nos cubre el seguro del hogar?
El seguro del hogar cubre unos elementos básicos y otros adicionales según el contrato establecido entre el usuario y la compañía. Qué cubre el seguro:
Básicos
-Incendio del Edificio o vivienda.
-Incendio de los contenido declarados dentro de la vivienda.
-Robo y/o hurto del contenido.
-Cualquier otro objeto específico.
-Responsabilidad Civil por hechos privados, daños a cosas y lesiones a terceros.
-Rotura de cristales.
Adicionales
Daños por accidentes: elementos electrónicos, ordenadores, equipos de música, televisores.
1.Objetos específicos.
2.Accidentes personales: el que ha contratado el seguro, los miembros de la familia y personal doméstico.
3.Limpieza de escombros.
4.Daños por agua.
Condiciones para asegurar la vivienda
Es común que algunas aseguradoras tengan en cuenta características o medidas de seguridad mínimas para cubrir su casa, como:
1.Que no haya edificios abandonados al lado.
2.Contar con cerradura blindadas o computarizadas en todas las puertas de acceso.
3.Las ventanas, puertas, tragaluces u otras aberturas con paneles de vidrio y/o similares de planta baja y que den a la calle, patio o jardines, deberán tener rejas de protección de hierro o debe tener un sistema de alarma.
4.Cuando se trata de viviendas en planta baja (casas o departamentos) junto a una obra en construcción, una vivienda abandonada, deberán tener un muro o reja de 1,80 metro de altura por lo menos.
Inspección de la vivienda
La mayoría de las aseguradoras mandan un inspector de la Compañía a su casa o lo verificamos desde nuestro Broker para llevar un control de la casa, el contenido, las medidas de seguridad, etc.
¿Cómo calcular lo que nos va a costar el seguro del hogar?
Para calcular esto la compañía de seguros tiene que establecer:
-El valor de la de la vivienda.
-Las características de esta.
-Por vivir en planta baja el valor del seguro de la vivienda es más caro que el del segundo piso en adelante del mismo edificio debido a que hay mas peligro de robo.
En función de esto, la Aseguradora calcula y aplica una tasa.
Documentación necesaria para contratar un seguro de hogar
-Datos personales (documento, fecha de nacimiento, dirección, teléfono.
-Ubicación de la vivienda.
-Valor de la vivienda.
-Tipo de cobertura que va a tomar.
-Forma de pago (contado, en cuotas, tarjeta de crédito, débito bancario.)
Sobre coberturas posibles
¿A qué llamamos contenido general?
Es el conjunto de cosas muebles, ropa, aparatos o equipos de uso doméstico, enseres domésticos o de uso personal, provisiones y otros efectos personales que se encuentren en la vivienda del asegurado, de sus familiares o de las personas que con él convivan o del personal a su servicio.
¿Qué son objetos específicos?
Son generalmente aquellos artículos como relojes, joyas, alhajas, filmadoras, pieles, cámaras fotográficas, teléfonos celulares, juegos de platería y cualquier tipo de objeto de colección, artístico o científico de valor excepcional por su antigüedad o procedencia.
¿A qué llamamos aparatos o equipos electrónicos de uso doméstico?
A los hornos microondas, televisores, equipos de música, videocámaras, reproductores de video, computadoras personales con sus accesorios y cualquier otro similar de uso exclusivamente familiar.
Incendio:
Cubre los daños materiales causados a su casa y las cosas que tengas adentro, como consecuencia de:
-Incendio, rayo y explosión hechos de tumulto popular, otros hechos de vandalismo, terrorismo, impacto de aviones, vehículos terrestres, sus partes componentes y o carga transportada, humo huracán, vendaval, ciclón o tornado.
-Otros adicionales que se pueden contratar: granizo, terremoto.
Robo o Hurto:
El asegurado es indemnizado como consecuencia de robo y/o hurto de la vivienda.
Contenido:
Muebles, ropa, provisiones de la casa y demás efectos personales del asegurado, sus familiares y domésticos.
Rotura de cristales:
Están cubiertos todos los vidrios, instalados en la casa, puertas, ventanas y espejos puestos en forma vertical, sin embargo no le cubren los vidrios o espejos que estén puestos en forma horizontal.
Muchas de las roturas de cristales están cubiertas por la póliza de incendio, por ejemplo a consecuencia de una explosión, vendaval, un acto de vandalismo o impacto por vehículo.
El Asegurador tiene la opción a indemnizar el daño mediante el pago del bien o el arreglo o sustitución de las piezas dañadas.
Que no cubre robo el seguro:
-Si existe complicidad de cualquier persona que por ser de confianza tenga libre acceso a la casa, salvo que sea el personal de servicio doméstico.
-Tampoco cubre si las cosas están apartadas de la casa, en corredores, patios, terrazas o al aire libre, salvo que pague un adicional.
-En el caso de robo y/o hurto la compañía pagará el valor a nuevo menos la depreciación por uso y antigüedad.
Objetos asegurados:
Ordenadores, fax, equipo de música y todos aquellos bienes que haya detallado en la póliza y que se encuentren en su vivienda, así como los daños que pueda sufrir su vivienda por robo o tentativa de robo.
Daños por acción del agua:
Se indemnizará cuando es causado por:
-Filtración, escape como consecuencia de rotura, obstrucción, falta o deficiencia de la provisión de energía o
-Alguna falla en la instalación del edificio incluyendo cañerías, válvulas, bombas o cualquier accesorio de instalación.
-La compañía le pagará hasta la suma asegurada teniendo en cuenta el valor a nuevo de los bienes con la depreciación por uso y antigüedad. Están excluidos los daños por inundación natural.
Electrodomésticos:
Puede cubrir su equipo de computación, televisor, equipo de música, video y cualquier aparato eléctrico contra incendio, robo, hurto o daños por accidente.
Algunas compañías de seguros cubren estos electrodomésticos solamente en el domicilio asegurado y otras en todo el territorio del país.
Algunas compañías aseguradoras le pagarán los bienes hasta la suma asegurada, sin aplicar depreciación por uso y antigüedad.
Otros beneficios:
Las distintas compañías pueden brindarle beneficios adicionales de acuerdo a determinados aspectos:
-Urgencias domiciliarias.
-Asistencia gratuita de Plomería – Electricidad – Cerrajería.
-Reposición de cristales.
-Detección y reparación de escapes de gas.
-Personal de vigilancia.
-Si la casa se encuentra en un barrio cerrado seguramente le harán un descuento sobre la prima. Pasa lo mismo en caso de que tenga colocada una alarma contra robo. En ambos casos el riesgo de robo siempre va a ser menor.
¿En caso de siniestro que hacer?
Si sufre algún siniestro seguir los siguientes pasos:
Comunicar el hecho a la policía dentro de las 48 horas siguientes al accidente. Al hacer la denuncia policial detallar claramente lo sucedido y describir los daños que se hicieron. Luego leer la declaración y fírmela. Después pedir una copia de la denuncia.
-En caso de incendio, pedir un informe de los bomberos.
-Tratar de sacar fotos y hacer un inventario de los daños sufridos.
-Nunca olvide denunciar el siniestro.
Tipos de siniestros que podemos tener:
Siniestro de Incendio de la vivienda.
Siniestro de Incendio del contenido de la vivienda.
¿Cuál es la indemnización que tendremos?
La indemnización consiste en reponer y/o reparar el bien asegurado dependiendo de la cobertura contratada por parte de la compañía aseguradora.
Las compañías aseguradoras están obligadas a aceptar o rechazar el siniestro dentro de los treinta días de presentada la documentación completa. En caso de omisión de comunicación se considera aceptada.
A partir de la fecha de aceptación, cierta o presunta, tienen la obligación de pagar o reponer dentro de los quince días.
Para la evaluación de los daños las compañías de seguro inspeccionan los inmuebles afectados.
En caso de robo, la Compañía puede reponerle el bien con uno similar al que tenía, en el mismo estado.

Buenos días:
A ver si me pueden Vds. ayudar. El pasado dia 6 de junio fuí a la casa de mis padres y me encontré el cuarto de baño inundado y el agua saliendo por el techo de la cocina y por el suelo a través del rodapié. Se lo comuniqué a los vecinos y llamaron a su seguro a las 10,30 de la mañana, pero no acudieron hasta el día 8 a las 5 de la tarde. Nos tiramos todo el día 6 y 7 secando suelo y muebles de agua,ya que los vecinos se fueron y no la cortaron hasta el domingo día 7 por la noche cuando llegaron. Gracias a nosotros no se mojó el piso de abajo también. Como mi padre falleció y mi madre no está de momento en su casa, me he tirado un monton de dias esperando al fontanero, al albañil al perito, etc. y limpiando cocina y baño de todo lo que caia del techo. El día 3 de julio, fué el albañil (casi un mes después)y picó los techos de cocina y baño sin tapar. Está todo que da pena, muebles de cocina llenos de yeso y escayola, fregadero, azulejo, suelos, plato ducha lleno de escombros, mampara, inodoro, etc. además de tener que limpiar rellano, escaleras y portal cuando se fué. Ahora, hay que limpiar mueble por dento y por fuera ya que están hecho una pena, aparte de lo demás que les he comentado. ¿Que puedo reclamarle al seguro por todo lo ocurrido ?, aún tienen que ir los pintores y el carpintero.
Muchas gracias y un saludo,
Julio
Tienes que reclamar todo, incluido limpieza de todo lo que ensuciaran. No dejes de reclamar hasta el ultimo desconchón o humedad.
sufri un robo hace tres años en el trastero de mi comunidad,y me robaron una bici de cierto valor economico.
ahora la policia la ha recuperado,mi pregunta es si el seguro me puede reclamar la indemnizacion que me dieron por esa bici hace ya tres años
necesito AYUDA.el27/02/2010 se volo una estructura de un tejado de mi centro de trabajo,me ha destrozado el coche y no se quieren responsabilizar,que hago?
hola mi problemas es la cubierta de la azotea ya que vivo en un 12 esto ya paso hace 3años y me se filtro el agua por los techos habitaciones pasillos baños y salon ,nada me hablo con la comunidad y por el seguro de ellos van y me imdenizan 170 euros habiendo venido el perito y asegurandome que me arreglarian mis techos pues no fue asi ..a la porra el ordenador de mi hijo y demas cosas …arreglaron la azotea con derramas a los vecino y haces 2 meses el mismo calvario e informe a la comunidad y a mi seguro lo hice x lo judicial para ke no me pasara lo ke me haboa pasado hacia 3 años ….pues hasta ahora lo han declarado x el consorsio x el gobierno de canaria x catastrofes de viento y lluvia yo buske a personas para ke hiciera un presupuesto pues todavia estoy esperando ke van hacer he hablado con mi seguro y me dice de no arreglarlo se lo comunicaria con un abogado no entiendo ….mi pregunta es me arreglaran ellos todos techo y la azotea gracia y discupas por extenderme tanto
AYUDA POR FAVOR:me han harañado la puerta de mi casa y la cochera le doy parte a mi seguro helvetia viene el perito me dice que lo tengo que denunciar para que me indemnicen lo hago a la policia y ahora recibo una carta que no me lo cubre que por que estan excluidos entonces que es lo que ellos llaman vandalismo por favor si algun abogado me puede ayudar no es por la indemnizacion si no porque no se cachondeen de uno MUCHAS GRACIAS.
quisiera saber hasta que punto una aseguradora cubre los desperfectos, el caso es que tengo un piso en alquiler y el ultimo inquilino ha dejado bastantes desperfectos, cristales rotos, muebles de cocina y electrodomesticos en mal estado…en resumen casi vandalismo, no se si puedo reclamar algo a la aseguradora. MUCHAS GRACIAS
hola!!! tengo una duda respecto de el contraro de seguro, si mi cochera esta a mas de 5 metros de la vivienda, tengo que asegurarala con polizas distintas?
HOLA ME GUSTARÍA PREGUNTAROS EL OTRO DÍA TUVE UN SINIESTRO CON LA LUZ, ME ABONARON LA LAVADORA PERO EL ORDENADOR ME DIJERON QUE NO PODÍAN PORQUE LA FACTURA DE COMPRA ESTABA A NOMBRE DE LA EMPRESA DE MI MARIDO, AUNQUE ES DE HACE 3 AÑOS,Y LES PREGUNTE Y ME INSISTEN ,EN QUE NO, YO QUIERO SABER POR TANTO Y QUE SE ENTERE TODO EL MUNDO, CUALQUIER APARATO ELECTRÓNICO O COSA QUE TENGAS EN TU CASA TUYA PERO QUE LA FACTURA DE COMPRA ESTE A NOMBRE DE UNA EMPRESA SEA LA TUYA O NO NO LO CUBREN LA CIA ASEGURADORAS , ESTO SABE ALGUIEN SI ES VERDAD? GRACIAS
Desde hace un tiempo a mis vecinos de arriba les sale el agua por el lavadero, que cae encima del mio. NOrmalmente no ha sido mucha agua por lo que simplemente se lo he comentado y nada más, peo la semana pasada se iró cayendo agua casi una hora. Como es normal una casa no simepre está con las ventanas cerradas a cal y canto, por lo que el agua me entró en casa. Mi lavadora dejó de funcionar al dia siguiente y el técico me dice que es por que le ha entrado agua. Puedo yo demostrar de alguna manera que la avería ha sido por culpa de ellos? en caso de que hubiera entrado agua de lluvia cubre también ese tipo de desperfectos? Muchas gracias
Hola hace meses, me entraron a robar y el seguro ya ha manadado 3 peritos y no me dice nada, solo cuando yo llamo me evaden. Ahora lo ultimo que me han dicho es que ya tienen el informe final del perito y ahora un inspector de zona se pondre en contacto conmigo, ya que estan comprobando las cosas o lago asi me ha dicho. Esto funciona asi? O es que el seguro no me quiere pagar?
sufri un robo a casa habitaciónn el seguro me acepto la reclamación pero me estan depeciando los bienes 50% directo sin mas ni mas, NO cuento con facturas sin embargo solo soliictan preexistencia del bien, aparte NO me estan cubrindo los equipos moviles es esto legal??? pueden imponer porcentajes de depeciación?? peleo el resultado???
gracias
tenemos un piso a nombre de una S L.
en diciembre2009 entró agua por una bajante. producuendo daños.El presidente de
la comunidad no hizo mas que divagar sobre el origen. el seguro no se hacía cargo si no reparaban la causa.en agosto 2010 tras reunión comunidad se acuerda acometerlas obras. no se hace,llega diciembre 2010 y esta vez entra mas agua y estropea muebles y muchos mas daños.es un piso de vacaciones. en semana santa llegamos.y nos damos cuenta que no podemos habitar. vamos a un hotel . y se da parte al seguro comunidad. vienen al día siguiente.y no sabemos que es lo que piensan indemnizar.ni cuando harán las reparaciones.
la comunidad tiene una responsabilidad civil. si el seguro no cubre el valor a nuevo de los muebles. ¿puedo exigir el complemento a lo que me otorguen?. he tenido que alquilar un trastero para guardar los enseres ¿puedo exigir daños y perjuicios. sin tener que llegar a los tibunales?
Un pequeño tornado levanta unas cuantas tejas del tejado de mi casa,al caer las tejas en la calle habia un vehiculo aparcado,los daños causados al vehiculo que habia aparcado quien los tiene que pagar.No tengo ningun tipo de seguro de hogar,el dueño del vehiculo dice que lo tengo que pagar yo.
Me puedo defender de alguna forma donde consultar.
gracias
Hola, tengo un piso alquilado y se han desprendido varios azulejos de la cocina. Me gustaría saber si me lo cubre i seguro. Es caser.muchas gracias
Hola,
El dia 12 de setiembre se nos innunda la casa del baño que esta en la tercera planta por un flexo. A los dos dias de dar el parte se presenta el perito y despues de valorar que habia trabajos en pintura, carpinteria y daños de contenidos (mas que nada los marcos de los cuadros) nos dice que la seguranza que tenemos es muy baja 120,000 mil euros y que deberia de ser por 198mil euros por lo tanto la compañia solo cubriria el 70% .
No se donde consultarlo…. no se si es una estragia del perito para saber si acepto o no.
Por favor agradaceria lo antes posible vuestra respuesta.
quisiera tener alluda tengo problema seguro hogar vino el perito y miro losdaños mellamo alos dos dia y medijo queno mecubria porque dice que la haberia biene desde hace un par de meses imposible que mediracuenta mi besina de habajo vino y tiene humeda hanoser por ella ni mehubiera enterado y como llebo pocotiempo no mecubre quisiera saber cuando tiene efecto mi seguro y cuales mis derechos
HOLA MI NOMBRE ES LOLI,ESTOY EN UNA CASA DE ALQUILER,Y LLEBO UN AÑO,EL DORMITORIO DE MATRIMONIO Y EL DE LOS NIÑOS ESTA HASTA LA ALTURA DE LA CINTURA CON HUEMDADES,Y UNA CONSIDERABLE GRIETA Q SE HA HECHOO POR UNA COLUMNA Q LLEGA ASTA LA VENTANA,CUANDO ME QUISE DAR CUENTA EL ROPERO POR DENTRO IGUAL,LA ROPA DEL ALTILLO PA TIRAR,ABRIGOS DE TINTORERIA PA TIRAR,LA SILLITA DEL COCHE ERA NARANJA PUES VERDE ESTABA,HASTA UN CARRO DE BEBE Q TENIA EN LO ALTO DEL ROPEROO,ZAPATOS ETC,ETC,LA DUEÑA LLAMO AL SEGURO Y DICE Q ES DE LA CALLE Y Q NO CUBRE NADA DE NADA,NI ENSERES NI ARREGLO NI PINTURA,QUISIERA SABER SI ESO PUEDE SER VERDAD,LA DUEÑA ME DIJOQ SENTIA LAS PERDIDAS PERO NADA D E Q ELLA ME LO ABONABA,QUE PUEDO HACER?? GRACIAS Y ESPERO RESPUESTA, (DORMIMOS EN EL SALON YA Q NO PODEMOS USAR LOS CUARTOS, Y EL ROPERO LO TUBIMOS Q TIRAR