
Continuamos con los términos de la letra C de nuestro diccionario del seguro. A continuación definiremos las palabras: Corretaje, Cuenta de reaseguro, Culpa, Culpa concurrente, Culpa grave y Cuota.
– Corretaje: hace referencia a la retribución que recibe el corredor como pago de la realización de su actividad de mediador entre dos partes.
– Cuenta de reaseguro: es la cuenta creada por el asegurador y el reasegurador en la que se recogen los pagos e ingresos producidos por sus actividades de cesión y aceptación de riesgos.
– Culpa: es la responsabilidad de una persona, ya sea voluntaria o involuntaria, sobre un suceso o acción que se le imputa.
– Culpa concurrente: hace referencia a la situación producida cuando el daño ha sido causado como responsabilidad de la víctima y el autor en conjunto.


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