
Continuamos con nuestro diccionario del seguro, comenzamos a definir los términos que empiezan con la letra D: Damnificado, Daño, Daño consecuencial, Daño directo, Daños, De adhesión y De buena fe.
– Damnificado: hace referencia a la persona o bien que ha sufrido algún daño como consecuencia de un siniestro.
– Daño: se refiere a la pérdida ya sea personal o material que se produce como consecuencia directa de un siniestro.
– Daño consecuencial: es el que se produce como efecto indirecto o secundario de un siniestro.
– Daño directo: hace referencia al que se produce de forma directa e inmediata como consecuencia de un siniestro, es totalmente contrario al daño consecuencial.

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