
Continuamos con los términos de la P de nuestro diccionario del seguro. A continuación definiremos las palabras: Por cuenta ajena, Preexistencia, Prescripción, Prestación, Prestaciones y Prima.
– Por cuenta ajena: es el contrato que se realiza para un tercer asegurado con o sin la participación del esto; esta opción no es valida en el caso de los seguros de vida.
– Preexistencia: acción que debe realizar el asegurado como demostración de la existencia real del bien asegurado.
– Prescripción: hace referencia al momento en que caduca la vigencia o derecho como consecuencia de haber sobrepasado el plazo estipulado ya sea por la Ley o por las condiciones de un contrato en firme.

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