02.12.2010

Continuamos con nuestro diccionario del seguro, comenzamos a definir los términos que comienzan con la letra Q: Querella, Quiebra, Quiebra culposa y Quiebra fraudulenta.
– Querella: hace referencia a la acción penal que se realiza por parte del ministerio fiscal y mediante la cual se solicitan pruebas o se adoptan medidas cautelares en referencia al caso concreto.
– Quiebra: se refiere a la situación que, mediante una intervención judicial, declara una insolvencia o una diferencia importante entre el capital económico (fondos) y las deudas adquiridas.

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